Conacyt suspenderá becas por participar en protestas

El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) suspenderá la entrega de becas a mexicanos que estudien en el extranjero si participan en manifestaciones políticas y también a aquellos becarios extranjeros que estén en México se les suspenderá el apoyo económico si participan en protestas de carácter político en cualquier parte del país.

Pero eso no es todo, en el anteproyecto del Reglamento de Becas para el Fortalecimiento de la Comunidad de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación enviado por el Conacyt a la Comisión de Mejora Regulatoria (Conamer) y que está en revisión, se indica que cuando una becaria se encuentre embarazada, en parto o puerperio se le suspenderá la beca que recibe en ese lapso.

Se busca modificar el actual Reglamento de Becas del Programa de Fomento, Formación y Consolidación de Capital Humano de Alto Nivel, publicado en febrero de 2018 de esta forma: “Artículo 16. A la o el becario le corresponderá, además de cumplir con el objetivo para el cual se le asigna la beca o apoyo complementario, lo siguiente (…) II. Obligaciones de becarios en el extranjero: La o el becario que realice sus estudios o proyecto fuera del país, así como la o el becario extranjero que realice sus estudios en México, deberán respetar la legislación y normativa del país anfitrión, así como abstenerse de participar en cualquier tipo de evento o manifestación política.

“Artículo 20. Serán causas de suspensión de la beca o del apoyo, las siguientes (…) cuando alguna becaria que se encuentre embarazada, en parto o puerperio, así como a los becarios que sean padres, presentando la documentación que lo acredite”.

La fracción primera del artículo detalla que cuando el estudiante incurra en incumplimiento de las obligaciones previstas en el Convenio de Asignación de Beca y lo previsto en el artículo 16 del presente reglamento se le suspenderá la beca.

En el reglamento enviado a revisión se detalla que durante la suspensión, el Conacyt no está obligado a entregar a los becarios los recursos comprometidos en el convenio de asignación.

“En el caso previsto en la fracción I del presente artículo, la beca o apoyo se reanudará una vez que se acredite ante el consejo el cumplimiento de las obligaciones omitidas, sin efectos retroactivos, en el periodo académico posterior a través de los procedimientos establecidos.

“Cuando la o el becario acredite que la suspensión no fue por causas imputables a ella o él, el consejo podrá restituir el monto correspondiente al periodo de la suspensión, sujeto a disponibilidad presupuestaria, al final de la vigencia de la beca, sin sobrepasar la vigencia establecida”.

En el reglamento se agrega que también se suspenderá la entrega de los apoyos económicos cuando el estudiante sufra una incapacidad temporal o se presente alguna situación de caso fortuito o de fuerza mayor “que le impida continuar con el desarrollo de los compromisos asumidos, deberán estar justificadas y acompañadas con la documentación que lo acredite”.

En este caso, indica el documento, el becario deberá solicitar de manera expresa al consejo la reanudación de la beca.

“En caso de que el consejo resuelva de manera favorable la solicitud, además de reanudar la beca podrá adicionar a la vigencia de la misma un periodo igual al plazo de la suspensión, señalando los requisitos y condiciones que la o el becario habrá de cumplir para su formalización”.

Se detalla que algunas de las causas por las que se cancelará el apoyo económico es por incapacidad física o mental que impida al becario la continuación de los estudios o proyecto para el cual se le otorgó; la situación deberá ser comprobada con documentos de las instituciones médicas en el extranjero o, en el caso de nacionales, de instituciones de salud del sector público en México. Otra de las causas es por haber omitido información relevante que el becario debió aportar al consejo.