Una pasajera de taxi en la Ciudad de México denunció en redes sociales una frase que consideró machista, pues el chofer no la dejaba bajar de la unidad.
La mujer aseguró que la frase «te duermes y te cojo» evidencia «que la violencia machista no conoce límites, que cada día se hace más violenta y más explícita».
La usuaria de redes sociales señaló que le pidió al taxista que la bajara, pero él no accedía. «Hasta que no le tomé la fotografía no me bajó».
Después de la denuncia, la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México (Semovi) se comunicó con la chica. «Lamentamos el inconveniente, le pedimos mayor detalle del incidente por favor como placa de unidad y ascenso y descanso de dónde abordo la unidad».
Sin embargo, la denuncia de ella levantó todo tipo de comentarios entre tuiteros. «Ya todo es violencia. El mensaje era para ti? Yo creo que era una frase y ya, pero ya todos somos de cristal!», le espetó un hombre a quien una mujer le respondió: «la generación “cristal” son ustedes, porque están tan acostumbrados a normalizar este tipo de situaciones grotescas, que cuando levantamos la voz a USTEDES les ofende, ustedes deberían de ser la generación de cristal porque se quiebran en cuanto dejamos de normalizar las cosas».
¿Es un delito?
El Código Penal de la Ciudad de México en su artículo 179 define que realiza acoso sexual «quien solicite favores sexuales para sí o para una tercera persona o realice una conducta de naturaleza sexual indeseable para quien la recibe, que le cause un daño o sufrimiento psicoemocional que lesione su dignidad».
El delito de acoso sexual alcanza de uno a tres años de prisión. «Cuando además exista relación jerárquica derivada de relaciones laborales, docentes, domésticas o de cualquier clase que implique subordinación entre la persona agresora y la víctima, la pena se incrementará en una tercera parte de la señalada en el párrafo anterior.
«Si la persona agresora fuese servidor público y utilizara los medios o circunstancias que el encargo le proporcione, además de la pena prevista en el párrafo anterior se le destituirá y se le inhabilitará para ocupar cargo, empleo o comisión en el sector público por un lapso igual al de la pena de prisión impuesta», señala el Código Penal.